Con más frecuencia de lo que os pueda parecer, nos llega a ésta Protectora consultas de ciudadanos preguntándonos si es legal y si se puede denunciar tener a un perro confinado permanentemente en un balcón.

Pues no, no se puede. Primero porque los perros son animales sociables, un confinamiento de manera permanente en un espacio reducido y sin posibilidad de establecer relaciones sociales que enriquecen su vida, es un caso claro de crueldad gratuita.

 Los perros que pasan sus vidas encadenados o encerrados en un bacón, no tienen suficiente libertad de movimiento y ello les provoca estrés  y muchos otros perjuicios para su salud, tanto física como mental. Por consiguiente ello provoca al animal un sufrimiento y angustia injustificada.

 Segundo, estas conductas están expresamente prohibidas y se recogen en prácticamente todas las ordenanzas municipales, así como en las distintas leyes autonómicas. En Andalucía, la ley 11/2003 de 24 de Noviembre de Protección de los Animales, establece en su artículo 4.1: c) la prohibición de mantenerlos en lugares o instalaciones indebidas desde el punto de vista higiénico-sanitario o inadecuadas para la práctica de los cuidados y la atención necesarios que exijan sus necesidades fisiológicas y etológicas. Y f) prohibición de mantener permanentemente atados o encadenados a los animales.

 Es por ello que según lo comentado en los párrafos anteriores, y ante el peligro que puede ocasionar para el animal (malnutrición, deshidratación, ansiedad muy potente, etc) debemos denunciar esos casos ante la autoridad competente. 

Desde Kimba os animamos a no mirar hacia otro lado si vemos sufrir a un animal por muchos motivos, pero principalmente porque ellos no tienen voz para defenderse.